¿Y si pago fuera de término?
Las facturas vencidas, previo retiro del sector Administrativo, que le realizará la nueva liquidación, podrá ser abonada en el Bco. Nación o Bco. Provincia de Monte.
¿Qué plazo tiene la CEM para desconectarme por falta de pago?
Transcurridos los 15 días de la mora, la Empresa tiene las facultades para suspender el suministro.
¿Qué debo hacer para la reconexión?
Deberá retirar la liquidación por nuestra oficina Administrativa, a los fines de cancelar la deuda existente, la cual debe ser abonada en la sucursal del Banco Provincia de Buenos Aires o Banco Nación de Monte. Posteriormente deberá abonar el cargo por reconexión, en nuestras oficinas.
¿Cuánto tempo estaré sin suministro si me lo cortan por falta de pago?
En realidad usted debe evitar esta situación. La CEM dispone de 48 Hs. hábiles para reconectar el suministro, luego del pago de la deuda y la reconexión.
¿Si quiero que las facturas lleguen a otra dirección?
Debe presentarse el titular o la persona debidamente habilitada en nuestras Oficinas Administrativas con D.N.I. y datos del suministro.
¿Si no llega la factura a mi domicilio, qué debo hacer?
La fecha del próximo vencimiento siempre está publicada en la factura anterior . En caso de que usted no recibiera la factura el cuarto día hábil anterior al vencimiento descripto, deberá reclamarla a la CEM.
¿Estimo que mi medidor marca más de lo que consumo. Que puedo hacer?
El titular podrá pedir la verificación de medidor como prueba, contraste in situ o contraste en laboratorio. Si de los resultados del contraste, el medidor se encuentra dentro de los límites de tolerancia fijados, las pruebas serán con cargo para el cliente.
¿Es posible solicitar el retiro del medidor en el Inmueble?
Sí, previa cancelación de la deuda existente al momento de la solicitud, el titular o persona debidamente autorizada, puede firmar la orden de desconexión.
¿Puedo solicitar otro medidor con la misma tarifa en el mismo Inmueble?
No, salvo que se encuentre con plano debidamente subdividido, excepto que se trate de otra tarifa.
¿El mismo medidor puede ser trasladado a otro domicilio?
Sí, previo pago por la oficina administrativa del derecho de traslado y haber presentado debidamente la documentación requerida.
¿Puedo cambiar de lugar el medidor?
Sí, debe tramitarlo el titular o una persona debidamente autorizada en la sede administrativa.
¿Puede la CEM solicitar la constitución de un deposito de garantía?
Sí, en el caso que el cliente haya ocurrido en más de una suspensión de suministro en 12 meses corridos, o bien sea cliente temporario o transitorio.
¿En vez de realizar un depósito, puede un tercero salir de garantía?
Sí, en el caso de que el garante solidario sea titular de otro suministro de la CEM o bien su locador.
¿Puedo ser cliente de la CEM sin ser titular del suministro?
No, si el cliente no es titular, la CEM le intimará a realizar el cambio de titularidad. De no recibir respuesta, podrá suspender el suministro.
¿Tiene la CEM cobradores a domicilio?
No, la CEM no tiene cobradores a domicilio. Como lo hemos explicado anteriormente, el cobro de factura se realiza únicamente en los lugares autorizados. Si alguna persona se acerca a su domicilio diciendo que es nuestro cobrador, rogamos que se comunique con nosotros rápidamente al Tel. (02271) 409500.
¿Si veo que alguien está conectado ilegalmente, qué debo hacer?
La conexión ilegal representa un grave peligro de muerte, no solo para el que la realiza, sino también para su familia y vecinos. Además, es un delito penado por la ley. Una conexión ilegal afecta la calidad de servicio de quién está vinculado a la CEM legalmente, produciendo variaciones de tensión. denunciar a quién comete una conexión ilegal estará protegiendo su vida, a su familia y a sus bienes. Por favor, comuniquese a nuestro Tel. (02271) 409500.
¿Puedo efectuar un reclamo en segunda instancia?
Sí, llamando a O.C.E.B.A. al Teléfono 0800-333-2810/17